El pasado 26 de marzo el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicaba la Orden de 18 de marzo de 2024, por la que se ampliaba el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 1 de junio de 2023, por la que se modificaba la Orden de 26 de Septiembre de 2022, por la que se efectuaba convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Mediante esta Orden se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 26 de Diciembre de 2024 para las siguientes líneas:
a).- Línea 3. Subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio.
Las subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio tienen por objeto, tanto en ámbito urbano como rural, la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares.
b).- Línea 4. Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Las subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas tienen por objeto la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.
Puedes consultar la Nota Técnica elaborada al respecto por nuestro Departamento de Normativa a continuación: