NORMATIVA

Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.

El Decreto 293/2009, supone la regulación a nivel de Comunidad Autónoma de Andalucía de las normas en materia de accesibilidad en infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte. Regula por tanto exigencias que a nivel nacional se recogen tanto en el DB-SUA 9 (edificación) como en la Orden TMA 851/2021 (espacios públicos).

Mediante su Disposición final primera. Calendario de aplicación a las infraestructuras, los espacios libres y viales, los edificios, establecimientos e instalaciones existentes, se fijó que las condiciones de accesibilidad que se establecen en el Reglamento serán obligatorias a partir del día 1 de enero de 2019, para todas aquellas infraestructuras, espacios libres y viales, edificios, establecimientos o instalaciones existentes, ya sean de titularidad pública o privadas, que sean susceptibles de ajustes razonables.

Para edificios o infraestructuras existentes la Disposición adicional primera. Excepcionalidad al cumplimiento del Reglamento, establece situaciones en las que se permite el no cumplimiento de las exigencias.

Su estructura en una serie de Títulos, en los que se regula a distintos niveles:

  • Título I: Infraestructuras y urbanismo
  • Título II: Edificación, establecimientos e instalaciones.
  • Título III:Transporte.
  • Título IV: Medidas de fomento, control y seguimiento.

Por último cuenta con una serie de interesantes ANEXOS, de entre el que destaca el ANEXO III Exigencias mínimas particulares según uso, actividad, superficie, capacidad o aforo.

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